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miércoles, 23 de febrero de 2011

Seguros y Coberturas

CONCEPTO GENERAL DEL SEGURO DE TRANSPORTE DE MERCADERÍAS POR VÍA MARÍTIMA O FLUVIAL 

La mercancía, durante su transporte, está sujeta a innumerables riesgos. Son múltiples las razones por las cuales la empresa debe prevenir las pérdidas económicas y de otro orden que tales peligros o riesgos pueden originar.
RIESGOS A LOS CUALES SUELE ESTAR SOMETIDA LA CARGA:
Las mercaderías pueden venir en distinta forma. Puede ser a granel, líquidos en tambores, sólidos, semisólidos, en bolsas, en cajones, en latas, en paletas, etc. El modo habitual actual es por medio de conteiner. El tipo de mercadería a transportar y sus embalajes tienen incidencia directa con todos o alguno de estos riesgos:
• Operaciones de carga y descarga (Caídas, uso de ganchos, mojaduras por agua de lluvia, agua de mar, de río, etc.)
• Pérdida o aumento de peso (Por evaporación o por incremento de humedad)
• Mal estibaje (Falta de compactación en la estiba, ubicación de mercadería pesada sobre frágil, etc.);
• Mal embalaje (Falta de resistencia apropiada para el transporte)
• Contaminación (Contacto con otras cargas, olores, derrame, etc.)
• Acción de roedores o insectos;
• Daños por fuego;
• Daños o faltantes por robo o hurto;
• Avería gruesa.
SEGURO DE MERCANCÍAS POR VÍA AÉREA
El viaje aéreo es tan relativamente corto, que casi puede decirse que cualquier pérdida que ocurra será el resultado de algún accidente sufrido por la aeronave transportadora. Por esta razón, la única clausula disponible en el seguro de transporte aéreo es la de “todo riesgo aéreo”, llamada simplemente: clausula aérea de carga del instituto, de 1982.
Principio y Fin de la Cobertura:
  1. Cuando el transporte lo realiza el Asegurado,  la cobertura comienza una vez cargada la mercadería en el medio transportador, y culmina con la llegada del vehículo al destino que figura en la póliza.
  2. Cuando el transporte lo realiza un Transportista, la cobertura comienza en el momento en que recibe la mercadería por parte del dueño de la misma, continua durante el viaje en el medio transportador incluidas las detenciones, transbordos y estadías normales y termina cuando entrega la mercadería en destino final que figura n la póliza, sin exceder los 15 días de la llegada al depósito del transportista.
Tipo de Coberturas
  1. Básica
    Choque, vuelco, desbarrancamiento, derrumbe, caída de árboles o postes, incendio, explosión, rayo, huracán, ciclón, tornado, inundación, alud, aluvión.

  2. Básica + Robo
    con violencia en las cosas o en las personas.

  3. Básica + Robo, hurto, falta de entrega, rotura, contacto con otra carga.
  4. Adicional de Desaparición
    Cuando el transporte lo efectúa un transportista y no el dueño.

  5. Adicional de Carga y descarga
    Cuando la transporta el dueño.

  6. Existen  otros adicionales
    Como ser descompostura del equipo de frio, exención de la responsabilidad Civil del Transportista, etc.
     
Coberturas Marítimas más Comunes:
Cobertura “A”
Antes conocida Como Todo Riesgo:
Cubre todo riesgo de pérdida o daño de la mercadería asegurada, salvo las exclusiones previstas, contribuciones en avería gruesa y salvamento, salvo que sean consecuencia de un riesgo excluido.

Cobertura “B”
Reemplaza junto con la “C” a la conocida anteriormente como L.A.P. y cubre toda perdida o daño atribuida a:
fuego o explosión, hundimiento o zozobro, encalladura, varamiento,  vuelco o descarrilamiento del medio transportador, colisión, descarga en puerto de arribada forzosa, terremoto, erupción volcánica o rayo, avería gruesa, echazón o barrido de olas, entrada de agua en bodega, perdida de bulto entero en carga, trasbordo o descarga, etc.

Cobertura “C”
Es la más restringida de las tres, cubre daños o perdidas a consecuencia de:
fuego o explosión, hundimiento, encalladura, varamiento, vuelco o descarrilamiento del medio transportador, colisión, descarga en puerto de refugio, avería gruesa, echaron y gastos para minimizar daños.

Avería Gruesa:
Daño o gasto deliberado pagado por quienes tienen interés en el salvamento que se ha procurado. Cuando se ha hecho intencionadamente algún sacrificio o gasto extraordinario para la seguridad común, con el objeto de preservar de algún peligro las propiedades comprometidas en un común riesgo marítimo.
Medida de la Prestación: A Prorrata

Clausulas de póliza:
Son las coberturas que amparan los riesgos y son básicamente de tres clases atendiendo al condicionado que las regula:
1. Cláusulas insertas en las condiciones generales.
2. Cláusulas insertas en las condiciones particulares.
3. Cláusulas insertas en las condiciones especiales.
Cláusula de carga del Instituto de Aseguradores de Londres

Cláusula de carga del Instituto de Aseguradores de Londres, "A"
Todo riesgo.
Riesgos cubiertos:
  1. Cubre todos los riesgos que dañen u ocasionen pérdidas de los bienes asegurados, por cualquier causa externa que ocurra durante la vigencia de esta cláusula, en el tránsito o almacenaje amparado.
  2. Avería gruesa y gastos de salvamento.
  3. Culpabilidad por colisión. Cláusula culpabilidad por colisión. Este seguro se amplía para indemnizar al asegurado por la responsabilidad que pudiere corresponderle bajo la cláusula titulada colisión por culpa de ambas partes del contrato de fletamento en la misma proporción que habría que aplicar para indemnizarle una pérdida recuperable por esta póliza.
En caso de cualquier reclamo de los armadores bajo dicha cláusula, el asegurado se compromete a notificar a los aseguradores quienes tendrán el derecho por su cuenta y riesgo de defenderlo de tal reclamo. Además cubre el robo, hurto, y la falta de entrega y extravío.
Cláusulas de carga del Instituto de Aseguradores de Londres "B" antes denominada W.P.A.
Con avería particular.
Riesgos cubiertos:
  • Pérdida o daño a los bienes asegurados atribuible razonablemente a:
  1. Incendio o explosión.
  2. Que se encalle, vare, hunda o se vuelque el buque o embarcación.
  3. Volcamiento o descarrilamiento del medio de transporte terrestre.
  4. Colisión o contacto del buque, embarcación o medio de transporte con cualquier otra materia que no sea agua.
  5. Descarga del cargamento en un puerto de refugio. Terremoto, erupción volcánica o rayo.
  • Pérdida o daño a la materia asegurada causada por:
  1. Sacrificio debido a una avería general.
  2. Echazón o barrida por las olas.
    • Pérdida total de cualquier bulto caído al mar desde cubierta o que se caiga durante las operaciones de carga o de descarga del buque o embarcación.
    • Culpabilidad por colisión. Cláusula: ambos culpables por colisión.
Cláusula de carga del Instituto de Aseguradores de Londres "C" antes denominada F.P.A.
Libre de avería particular.
Riesgos cubiertos: Los mismos que la anterior  ("B" antes denominada W.P.A.)
Ninguna cláusula ampara los daños por agua dulce, lluvia.

LA CARGA ESTA SUJETA A RIESGOS DURANTE EL TRANSPORTE TERRESTRE.
Existen ciertas maneras preventivas con el fin de evitar riesgos en el manejo de cargas vía terrestre. Estos requisitos son, por ejemplo, la seguridad en el transporte, las condiciones en las cuales se realiza el transporte, el tipo y aspecto del vehículo, la información proporcionada por el transportista, el trato recibido, la importancia o prioridades del cliente, entre otros.
Para satisfacer las necesidades de los clientes conjugando la calidad, eficiencia y seguridad del servicio, la empresa realiza todas las actividades que repercuten en el servicio que prestan a sus clientes tales como la seguridad, la puntualidad, el compromiso, la contratación, el control del servicio, la organización del trafico, detección y corrección de errores, entre otros



Universidad Simón Bolívar 
Seguro de Transporte y Mercancia
Sección 4 

Profesor:                                                                                            
Lic. Iván Briceños                                                                                       Alumnos:        
                                                                                                                    Aida Fialet
                                                                                                                  Alba Da Silva
                                                                                                                  Natasha Gonzalez
                                                                                                                  Marielis Sanz
                                                                                                                  Denny Pinzon
                                                                                                                  Daniel Gonzalez
                                                                                                                  Jefferson Mendez
                                                                                                                  Kevin Marin
                                                                                                                  Simon Salazar